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martes, 7 de febrero de 2012

Caso Contador

Tema peliagudo donde los haya, pero espero opiniones siempre desde el respeto. Ayer salió la sentencia del TAS para el caso Contador, con el resultado de una sanción de dos años para el ciclista de Pinto.

Desde entonces no he parado de oir quejas hacia el Tour, hacia los franceses en general y sobre la injusticia de la condena y la tardanza de esta en producirse. Pues bien, como juez-árbitro de ciclismo (aunque autonómico, de momento) me gustaría dar mi punto de vista sobre el asunto:

La sustancia que se detectó en los análisis es clembuterol, cuyo máximo permitido por el reglamento UCI es cero (0). CERO. No 1mg, ni 0,5mg, ni un poquito muy poquito. No. CERO. Y resulta que Alberto Contador, tanto en el primer análisis como en el consiguiente contra-análisis, arrojó cifras superiores a ese máximo permitido. Muy poco, de acuerdo, pero superiores. Con lo cual, el reglamento establece, sin importar la procedencia de la sustancia, que eso es un positivo. Y los positivos, amigos, acarrean sanción y suspensión.

A partir de que se da el positivo, como en un caso de justicia cualquiera, las partes tienen derecho a interponer recursos, a llevar el caso a otros tribunales, etc. Y esos trámites suelen alargar la sentencia definitiva en el tiempo. Con lo cual, a nadie le puede extrañar que la sanción llegue tarde. Muy tarde en este caso, de acuerdo. Pero recordemos que mientras la sanción no ha sido firme, el corredor ha podido seguir compitiendo (evidentemente ahora que ha salido la sentencia todos sus éxitos son nulos, algo que él ya sabía que podía pasar).

Como veis, no entro a valorar la intencionalidad o no del positivo, de si A. Contador se dopó o efectivamente fue un chuletón contaminado, pero hay una cosa clara: el positivo es muy obvio y, en mi opinión, debe acarrear la sanción. Lo demás, demagogia. No es al primer ciclista que se sanciona por aplicarse una pomada con corticoides o al primero que se impide tomar la salida por una cifra de hematocrito alta como consecuncia de la estancia en altitud. El reglamento es como es, y eso los ciclistas lo saben. No se juzga la intencionalidad, sino el resultado del análisis. Así que ahora nadie puede echarse las manos a la cabeza.

3 comentarios:

trija dijo...

Iba a escribir un post sobre este mismo tema, pero lo cierto es que me daba pereza por el encontronazo de opiniones q pudiera haber.

Antes tengo que decir que a mi Alberto Contador no me cae bien, pero voy a dar una opinión que yo creo justa.

Como tu bien dices, aunque el clembuterol no sirva para mejorar tu rendimiento deportivo es una sustancia prohibida, como tu biem dices. Asi que justo es que s la tienes en tu organismo y te la detectan apechugues con la pena que eso conlleve. Habia una atleta, no recuerdo su nombre, que le detectaron la misma sustancia pero en menor cantidad y le tocó pringar.

No me gustó como planteó su defensa: recorriendo televisiones y programas de corazón y echando mierda sobre la carnicería en la que se había comprado la carne.

Pienso que un deportista (y mas un ciclista, por los controles que tienen) tiene que tener muchisimo cuidado con lo que ingiere (hay medicamentos que te avisan en el prospecto que te pueden dar positivo en un control) y quizas Alberto pecó de ingenuo por comer un solomillo comprado por encargo a alguien de fuera del equipo.

Eso si, siendo justos, si te lees la sentencia esta no esta nada bien argumentada (se leen frases ridiculas) y parece como si se hubiese escrito a toda prisa.

Mi conclusión final: hay que limpiar este bello deporte de la mala fama que tiene y para ello hay que sancionar a los que incumplen las normas.

Perdón por la chapa que he soltado.

ertxo dijo...

Está claro que dio positivo, pero para dejar a alguien sin trabajo durante 2 años, hay que tener las cosas muy claras, cosa que esta gente no tiene.

Con la ley en la mesa es culpable, pero condenar a alguien por un chupetón, y con unos niveles que para nada mejorar su rendimiento, me parece cuestionable.

TODOS los ciclistas toman cosas, porque no es normal lo que aguantan, y no creo que una millonésima parte de una sustancia proporcionada por un chuletón, le haya hecho ganar todo lo que ha ganado.

Estoy seguro de que hay gente compitiendo con mucha más "mierda" de la que tenía Contador.

El problema es que creo que han puesto un límite muy bajo con esta sustancia, porque si saben que un chuletón da un cantidad mínima, igual debería considerar subir dichos mínimos.

Yuck dijo...

Javi, totalmente de acuerdo en que no ha mejorado su rendimiento, pero vuelvo a repetir que lo que se condena en este caso no es la mejora ni la intención, sino la presencia de la sustancia.

Un tio que gana lo que gana A. Contador creo que se puede permitir hacer un control exhaustivo de lo que va a tomar, más si en ello va su honor y su futuro profesional. A lo que voy es que se gastan millonadas en quitar 100gr al peso de la bici y no controlan lo que comen. ¿Alguien se cree eso?

Por cierto, también diré que a pesar de que haya dado positivo en una sustancia que a un ciclista no le beneficia (un aumentador de peso es lo que menos necesita un ciclista), el que haya estudiado algo de química sabe que puede haber sustancias que estén ahí simplemente para ocultar a otras.

Yo no he leido la sentencia, es posible que se digan incoherencias, no pretendía valorar eso. Pero una cosa es clara: para dejar a alguien sin trabajo durante 2 años (que no lo han hecho, la sanción es exclusivamente para competir, porque Saxo Bank supongo que seguirá pagándole el contrato que tiene en vigor) basta con que haya dado positivo. Y lo ha hecho, seamos claros.